El concejo municipal como órgano legislativo, deliberativo y fiscalizador
Manual para concejalas y concejales
Autores: | YUJRA COARITE, ADRIANO ENDARA, NOEMI |
El Concejo Municipal como Órgano Legislativo, Deliberativo y Fiscalizador, es una institución político-administrativo de representación popular, órgano que ejecuta principalmente las funciones de actividad normativa y control político, es además, un cuerpo colegiado conformado por concejales elegidos democráticamente por un determinado periodo de tiempo con posibilidad de reelección, encargado de hacer efectiva la participación ciudadana del ámbito local de gobierno. La característica e importancia de este órgano en democracia es precisamente que contiene la expresión concreta de la representación popular y el espacio idóneo para la deliberación, cuya función principal se traduce en el tratamiento de leyes que norman la organización y funcionamiento de la entidad territorial, y el desarrollo del propio municipio como unidad territorial, ampliando y desarrollando otras funciones, entre ellas el de la fiscalización para limitar y controlar los actos del Órgano Ejecutivo Municipal, de acuerdo con la Constitución, las leyes, el reglamento general y las normas internas que emitan sus órganos y autoridades competentes.
Desde una mirada retrospectiva fue en el año 1927 en la que se instaló los consejos de provincia, que en 1839 se insertó en la constitución y sus miembros eran elegidos por voto popular por dos años, con funciones de: promover la agricultura, el comercio, la industria, proponían directores de escuela, dirigir la reparación de caminos, recaudar caudales de beneficencia para el tesoro departamental y quedarse con los sobrantes, proponer jueces. El 12 de noviembre de ese año, se emite el primer Reglamento Orgánico de Municipalidades, estableciendo la cantidad de consejeros y sus atribuciones, que entre otras eran: cuidar las cárceles, higiene, elegir regentes de los colegios, cuidar el abastecimiento de agua, y emprender obras. La función de ejecutivo lo cumplía el prefecto de departamento, que además era presidente nato del Consejo.
Por Decreto Supremo de 24 de mayo de 1858 se dispone la creación de las juntas municipales, mismas son reconocidas por las constituciones de 1861 y de 1868 y ampliadas en sus atribuciones por las constituciones de 1871 y 1878 y por Decreto Supremo de 9 de abril de 1878 dispone el reglamento de municipalidades.
Atreves de la Constitución Política del Estado de 1880 se consolida el régimen municipal al establecer los consejos y juntas municipales, las primeras en las capitales de departamento y las segundas en las capitales de las provincias. En el año 1887 se emite la primera Ley Orgánica de Municipalidades, donde establece la cantidad de consejeros en las capitales, el presidente del consejo o junta municipal tenia también el carácter de Ejecutivo.
Por Decreto Supremo de 14 de agosto de 1936 se dispuso por primera vez la división del Gobierno Municipal, en un cuerpo deliberante (consejo o junta) y en un ente Ejecutivo Municipal o (Alcalde). El concejo estaba compuesto por representantes de diferentes corporaciones de ciudadanos, por ejemplo entre otros, por el colegio de abogados, farmacéuticos, delegados de médicos, delegados de juntas vecinales, éste es el Decreto Supremo que sienta las bases fundamentales para la conformación del Gobierno Municipal compuesto por un cuerpo deliberante y un ejecutivo municipal, lo cual prevalece en las posteriores leyes municipales.
La Ley Orgánica de Municipalidades de 02 de diciembre de 1942, les da la denominación de concejos deliberantes, elegidos por sufragio popular. En los años 1985 y 1999 llegan a denominarse concejos municipales y establece su elección por sufragio directo.
En la actualidad, conforme la Constitución, la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” y la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales, el Concejo Municipal se constituye como Órgano Legislativo, Deliberativo y Fiscalizador.
El presente trabajo busca ciertos objetivos: el principal es la difusión de la vida institucional del Concejo Municipal como entidad colegida, de sus procesos, organización y desempeño. Pero además aporta la exposición e interpretación de las reglas que rigen y ordenan el trabajo colectivo en general y la apreciación crítica de su vigencia concreta y práctica. No es sólo un compendio de reglas, sino que incluye la presentación de los diversos modos en los que el Concejo Municipal ha entendido y aplicado de manera efectiva sus procesos. Ahí reside el valor especial de un trabajo integral y sistemático con el que se introduce al lector no sólo al derecho formal y estricto que rige la actividad del Órgano, sino también al acervo y repertorio cultural con el que los operadores de los procesos crean y construyen la representación política de la colectividad.
Para las autoridades municipales, el ejercicio de sus funciones constituye un gran reto, cuyos resultados deben responder a la confianza depositada por los electores. Cuando las autoridades asumen la gestión especialmente cuando lo hacen por primera vez, se enfrentan a una serie de dudas, debido a su desconocimiento de las leyes y normas de gestión y de la administración pública, por lo que están expuestos a cometer errores. Al mismo tiempo, estas autoridades quieren ser exitosas iniciando su gestión con buen pie y marcando una diferencia positiva.
La gestión de los gobiernos municipales implica no sólo conocimientos técnicos, administrativos y capacidad de gerencia, sino que por ser también una actividad política, las autoridades deben tener capacidad de articulación con los distintos actores sociales: la ciudanía, las organizaciones sociales, los gremios, las empresas, las instituciones del sector público, entre otras.
Más aún, los ciudadanos no sólo esperan de sus autoridades una administración honesta y eficiente, sino que demandan de ellas el liderazgo para conducirlos hacia el desarrollo y mejores niveles de vida.
Como quiera que en los últimos años se hayan producido muchos cambios en la normativa que regula la gestión pública en el ámbito municipal, las autoridades que asumen la gestión edil en este nuevo contexto, tienen el reto adicional de adaptarse a las nuevas condiciones de las reglas de juego.
Los métodos y técnicas empleados en el presente trabajo derivan del enfoque cualitativo, para lo cual hemos recurrido, a doctrina foránea, por cuanto nos hemos visto limitados con la producción teórica y doctrinal sobre el tema en nuestro país; no obstante, hemos revisado la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, la bibliográfica sobre el tema y la normativa legal pertinente, a ello se ha realizado en la medida de nuestras posibilidades el análisis y comparación sistemática de los reglamentos del Concejo Municipal de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra, en el entendido de que las reflexiones al respecto puedan ser aplicadas en los órganos deliberativos más o menos medianos y/o pequeños según sea el caso.
Ésta presentación está organizada en cuatro capítulos, el primero ésta referido al “Concejo Municipal y sus Miembros”, en la que se hace un breve recorrido los antecedentes históricos, la naturaleza y composición; a las funciones, competencias y atribuciones de sus integrantes, resaltando en esta ultimo acápite la figura del concejal, en cuanto a la adquisición y pérdida de mandato, las suplencias y su estatuto personal (sus derechos y obligaciones, conflicto de intereses y prohibiciones, y finalmente a las responsabilidades). El segundo capítulo se centra en la “Organización y Funcionamiento”, en líneas generales éste capítulo está organizado en dos acápites que hacen énfasis en la estructura organizativa y el régimen de funcionamiento. El tercer capítulo hace referencia al ejercicio de las potestades legislativa, deliberativa y fiscalizadora, analizando en ella los mecanismos e instrumentos para ejercitar las mismas. Finalmente, el último capítulo se remite a la gestión de la representación política de los concejales y la participación ciudanía, contemplando en ella por una parte a temas inherentes al ejercicio de la representación, a las actividades típicas y actividades e instrumentos formales de gestión, por otra parte a los antecedentes de la participación ciudadana y control social en el ámbito municipal, los actores: derechos, atribuciones y funciones, los espacios de participación y control social, y por ultimo sobre el acceso a la información pública en el ámbito municipal.
Esperamos que este trabajo sea de significativa ayuda para reafirmar los valores democráticos, a la vez se constituya en un referente y una fuente de consulta por parte de las autoridades políticas locales, profesionales dedicados a la materia, y por sobre todo para posteriores esfuerzos en la reflexión académica de nuestro país.